Demanda, juicio y sentencia de divorcio contencioso

Demanda, juicio y sentencia de divorcio contencioso:

El proceso contencioso en derecho de familia debe de tratar de evitarse en la medida de lo posible, pues siempre será mejor un procedimiento de mutuo acuerdo.

Una demanda, juicio y sentencia de divorcio o separación matrimonial por el trámite contencioso supone mayor coste económico, temporal y desgaste y enfrentamiento entre los cónyuges:

  • El coste económico de una demanda de divorcio contencioso puede ser entre 5 y 10 veces más que la que supondría en proceso consensual.
  • El plazo y tiempo de tramitación de una demanda de divorcio contencioso puede ser entre 3 y 6 veces más que el proceso amistoso judicial.
  • Los enfrentamiento es la gran diferencia entre los dos tipos de procesos de divorcio, pues por lo contencioso el desgaste emocional, personal y familiar puede ser devastador, mientras que podría haberse gestionado de manera amistosa evitando conflictos personales y judiciales.
Demanda de juicio contencioso

Demanda de divorcio contencioso:

El plazo de tramitación de una demanda de divorcio contencioso en el mejor de los casos suele demorarse unos 6 meses. En los casos de procesos de demandas de divorcio que se demoren más se puede superar el año desde su presentación perfectamente.

La lentitud de tramitación es un desincentivo en la práctica para cualquier persona que se esté planteando iniciar una demanda de separación o divorcio por lo contencioso.

Cada familia y proceso será diferente, pero mucho valor tiene que tener las controversia para decidir iniciar el proceso de divorcio por la vía contenciosa.

Una demanda de divorcio contencioso debe de presentarse en el Juzgado decano con firma de abogado y procurador ejerciente.

Actualmente las presentaciones de demandas se realizan por vía telemática con entrega de copias en papel, lo cual algunos Juzgados lo coordinan correctamente y otros aún no organizan adecuadamente la doble vía de presentación lo que supone retrasos procesales.

Admisión a trámite de la demanda de divorcio contencioso:

Una vez que el Juzgado concreto al que se reparta la demanda le asigna número de procedimiento y comprueba que la demanda cumple con los requisitos formales y materiales, se admite a trámite.

La admisión a trámite es un acto formal por medio del cual el Juzgado confirma a la parte demandante que la demanda es correcta y por tanto se inician los pertinentes actos y gestiones procesales.

Una de las cuestiones que el Juzgado requiere y revisa es si el demandante ha otorgado válidamente el poder de representación del procurador, pudiendo ser notarial o apud acta por vía tradicional o telemática.

Notificación de la demanda de divorcio contencioso:

Una vez admitida la demanda de divorcio contencioso el Juzgado procede a la notificación de la demanda de la parte demandante a la parte demandada.

El domicilio en el que se intenta la notificación es el que ha hecho constar a dicho efecto la parte demandante en su escrito de demanda, normalmente en el encabezamiento.

En una demanda en el primer párrafo se suele indicar quien presenta la demanda y en el segundo frente a quién y de qué tipo de demanda se trata.

Justamente en esa parte del escrito de demanda es en el que se suele hacer constar el domicilio a los efectos de remitir la notificación de la demanda a la parte demandada en el trámite de divorcio contencioso.

Para el supuesto de que la notificación no tenga éxito, la parte demandada puede solicitar averiguación domiciliaria.

Contestación de la demanda de divorcio contencioso:

Una vez que se notifica la demanda de la parte demandante a la parte demandada, esta tendrá un plazo de 20 días hábiles para dar cumplimiento al trámite de contestación a la demanda de divorcio contencioso.

Para el cómputo de plazos se comienza a contar desde el día siguiente al de la notificación sin computar días festivos ni fines de semana.

La contestación a la demanda deberá de ir firmada por abogado y procurador en ejercicio.

Cabe la posibilidad de no sólo contestar a la demanda, sino además presentar reconvención, lo que supone no sólo contestar a las peticiones de la parte demandante sino formular alguna nueva.

Esto ocurre por ejemplo cuando la parte demandante pide la separación y la parte demanda opta por solicitar por reconvención en su contestación a la demanda, el divorcio.

Para el caso de que no conteste a la demanda, se declarará a la parte demandada en situación de rebeldía procesal y perderá capacidad de defensa en el proceso.

Juicio de divorcio contencioso

Juicio de divorcio contencioso:

El juicio de divorcio contencioso en España es muy estático con turnos procesales en los que los abogados de parte demandante y demandada, así como el fiscal en los casos en los que existen hijos menores o incapaces, van realizando y practicando peticiones y actuaciones.

Sería complejo explicar con detenimiento los detalles del juicio de divorcio contencioso, pero a continuación indicaremos algunos de sus rasgos más importantes en la práctica.

Para entender bien el funcionamiento hemos de dejar claro el orden de intervención en el acto de juicio de divorcio, siendo el primero el del abogado de la parte demandante, después de la parte demandada y después el del fiscal (de intervenir).

Ratificación de la demanda en el juicio de divorcio contencioso:

Al comienzo del acto de la vista del juicio de divorcio contencioso los abogados confirmarán su petición, lo que se llama técnicamente, ratificación.

Puede realizarse la ratificación de la petición, denominada suplico técnicamente, que cada una de las partes haya formulado en el escrito de demanda la parte demandante, y en el escrito de contestación a la demanda, la parte demandada.

Igualmente alguna de las partes puede cambiar su petición siempre y cuando esté justificado por un cambio de circunstancias que así se considera que lo hace procedente.

Por tanto, se fijan los hechos controvertidos, que son las cuestiones respecto de las que no están de acuerdo las partes y que por tanto serán objeto de controversia y resolución de juicio.

Proposición de prueba de demanda en el juicio de divorcio contencioso:

Cada una de las partes realizará la proposición de prueba que considere oportuna para hacer valer sus derechos y acreditar aquellas cuestiones que sean controvertidas.

Una vez sean solicitadas las pruebas, al ser el juicio de divorcio un proceso del tipo verbal, el juez resuelve en el acto la admisión o inadmisión de cada una de las pruebas, pudiendo los abogados protestar y formular el oportuno recurso.

De igual manera las pruebas podrán ser impugnadas por las demás partes si no las consideran procedentes.

Práctica de prueba de demanda en el juicio de divorcio contencioso:

Una vez confirmados los hechos controvertidos y las pruebas admitidas, se procederá a la práctica de la prueba del juicio de divorcio contencioso.

  • La prueba documental se dará por reproducida.
  • Los interrogatorios, testificales y periciales se realizarán en el acto del juicio.
  • Los requerimientos e informes deberán de haber sido recabados con anterioridad para poder ser objeto de valoración en unidad de acto.

Una vez se realiza la práctica de prueba de la demanda en el acto de juicio de divorcio contencioso el juez, cuando así sea preciso dará trámite a las partes para formular las oportunas valoraciones de la prueba, el denominado trámite de conclusiones.

Conclusiones de demanda en el juicio de divorcio contencioso:

En las conclusiones, que se suelen reducir a un tiempo de unos 5 minutos en la mayoría de juicios por no disponer del tiempo adecuado, lo que limita enormemente la labor de letrado de argumentar todo aquello que basa su petición y que cambiará la vida de la familia que se divorcia y que se lleva gestando en un proceso de divorcio contencioso que suele durar de 6 a 9 meses normalmente.

Las conclusiones son el trámite final del acto del juicio contencioso y es el momento en el que cada una de las partes a la vista del conjunto de las pruebas practicadas formula verbalmente las oportunas apreciaciones conforme se considera conveniente, siendo muy llamativo como en el mismo juicio cada uno de los abogados suele sacar conclusiones totalmente diferentes, cada uno en favor de su propio cliente, son evidente los motivos.

Sentencia de divorcio contencioso

Sentencia de divorcio contencioso:

La sentencia de divorcio contencioso es notificada a las partes por medio de su representante procesal, el procurador.

El plazo para dictar sentencia según la ley es de 20 días hábiles, pero ya os adelantamos que la gran mayoría de los Juzgados por desgracia no pueden cumplir con dichos plazos habida cuenta del colapso del sistema de justicia en España.

La sentencia tendrá varías partes: Hechos, Fundamentes de Derecho y Parte Dispositiva.

Pues bien, el veredicto está al final en la parte dispositiva en la que se confirmará la estimación y desestimación total de las pretensiones de las partes, o la estimación parcial en su caso.

Si tiene dudas en relación a las fases del proceso de separación o divorcio, puede consultar con toda confianza con nuestro despacho de abogados especializados en procesos de familia.

Demanda, juicio y sentencia de divorcio contencioso.